Entrevista al Dr. Pablo Pineau

Reflexiones sobre la conceptualización de la escuela y cómo pensarla.

Creado: 3 junio, 2026 | Actualizado: 1 de julio, 2026

Pablo Pineau es doctor en Educación, profesor titular en la Universidad de Buenos Aires (UBA) y en la Escuela Normal Superior 2 “Mariano Acosta” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Es investigador, autor de libros y artículos académicos sobre historia, teoría y política de la educación. Tiene una vasta experiencia en cursos de formación y actualización docente.

Fuente de la imagen: Flacso

La entrevista fue realizada por el equipo curricular de Ciencias Sociales de la Dirección Provincial de Educación Primaria el 21 de enero de 2025. En la transcripción se usa la letra E como abreviatura de entrevistadora y PP para identificar las expresiones de Pablo Pineau.

La institución escuela 

E: Las personas aprenden cosas en distintos lugares. Pero cuándo es posible reconocer un espacio o institución como escuela ¿Qué es lo que define a las escuelas?

PP: Como toda pregunta histórica es una pregunta complicada. En el sentido más estricto, la escuela tiene que ver con una forma específica de institución que es la institución escolar. Para que haya escuela tiene que haber una institución. Una institución implica cierta conciencia por parte de los sujetos. El que va o manda a sus hijos a una escuela sabe que va para aprender. Si sos estudiante, sabés que vas para aprender; y si sos docente, que vas para enseñar. En algún momento esa institución se empezó a llamar escuela y hacia el siglo XIX y XX tomó algunas características muy definidas. La escuela es una forma específica de institución educativa. Lo que hoy entendemos por escuela es un invento de fines del siglo XIX y su expansión es un típico fenómeno del siglo XX. Pero la escuela fue y es tan importante que nos hace pensar que estuvo siempre. Por ejemplo, ya para 1820 se puede hablar de escuelas, pero en un sentido amplio. En un sentido estricto no, porque le faltan muchos elementos para serlo. 

E: ¿Cuáles son los elementos que se toman en cuenta para definir a la escuela? 

PP: La idea y la definición de un público que va a ser atendido. En este caso, la infancia –y la aspiración a que sea la totalidad de la infancia–. También la idea de que existen ciertos contenidos a aprender. En un comienzo estaban muy vinculados con el hacer, como leer, escribir y contar. En el origen la escuela es de algún modo una institución donde se aprenden saberes aplicables y no el saber por el saber mismo. A lo largo del siglo XX se suman un montón de saberes más: historia, geografía, ciencias naturales, educación física, arte, moral y urbanidad, música. 

Por otro lado, maestro no se nace, maestro se hace. El que enseña tiene una formación específica. 

Otro factor es la normativa. Un elemento común a todas las instituciones es que las relaciones entre las personas y los grupos involucrados están reguladas por normas, que pueden ser de distinto tipo –fijadas por la costumbre, establecidas por escrito, etc.– y que experimentan cambios en el transcurso del tiempo. El funcionamiento de las escuelas, los roles y las funciones de los distintos actores, el uso de los espacios, lo que se debe enseñar, entre muchas otras cosas, están reguladas por normas.

Otro elemento característico es una cultura material que es muy importante: el pupitre, el pizarrón, la pluma, el cuaderno, una cantidad de objetos que se inventaron, se debatieron, que hubo que diseñar y producir, edificios que había que acondicionar o bien construir. A comienzos del siglo XIX una escuela tenía bancos largos, un crucifijo y tres libros (tres catecismos). Por ejemplo, en Buenos Aires, sabemos que en el Cabildo había una escuela, pero no sabemos dónde, no es posible saberlo. Puede ser en una sala, en la planta baja o arriba. Probablemente haya ocupado distintos lugares dentro del Cabildo en distintos momentos. A fines del siglo XIX las escuelas tenían pupitres, pizarrones, tizas, mapas. Hubo un cambio en la cultura material y esa cultura material se vuelve cada vez más escolar en el sentido de que las cosas que se usan en la escuela solo se usan en la escuela. Empiezan a construirse espacios exclusivos para que funcionen las escuelas. 

Así como organiza el espacio, la escuela también organiza el tiempo. La escuela nace junto con el recreo. Hay toda una reflexión sobre la necesidad de suspender la tarea cada cierto tiempo para que las niñas y los niños cambien de actividad. Hay un uso del tiempo y del espacio muy específicamente escolar. Son muchas cosas que van tomando forma.

La Ley de Educación Común 1420 (1884)

E: Sabemos que la Ley de Educación Común 1420 es un hecho fundamental, fundacional. Todos sabemos que es importante y la vinculamos con la figura de Sarmiento. ¿Por qué es tan importante? ¿Cómo era la educación antes de la ley 1420 y qué fue lo que cambió con la ley?

PP: La Ley 1420 prescribe la escuela obligatoria, gratuita, gradual y común para todos; también prohíbe el castigo corporal. Por supuesto los castigos no desaparecen inmediatamente, muchos maestros continuaron utilizandolos. Además, habría que ver qué se entiende por castigo corporal en distintas épocas. Lo que se instala es que al maestro hay que formarlo y enseñarle un método para que pueda enseñar sin castigar: estímulos, evaluaciones, un montón de cosas, pero no el castigo. El buen maestro es el que enseña con un buen método y no precisa del castigo corporal. Empieza la idea también de que ir a la escuela es obligatorio, también de la gratuidad y la gradualidad. La gratuidad es una suerte de consecuencia de la obligatoriedad. Y la gradualidad es la idea de que, como son tantos los contenidos, se tienen que graduar, no se puede enseñar todo de golpe. La idea es organizar la enseñanza en grados, ir de lo simple a lo complejo. Se asume que hay que ordenar lo que se va a enseñar no por motivos epistemológicos, o sea no tanto por cómo están ordenados los saberes por la ciencia, sino que hay que ordenarlos según cómo se pueden enseñar. Hay que crear un ordenamiento que no necesariamente tiene que responder al ordenamiento epistemológico o científico. 

Entonces, todo esto se va armando, a veces en forma simultánea, otras veces no, y se van ensamblando partes hasta que a fines del siglo XIX la escuela adquiere una forma definida.

E: Entonces hablar de una escuela del pasado y una del presente, como a veces se hace, tiene sus problemas.

PP: Tiene sus problemas porque el pasado no es una cosa fija, hay muchos pasados. Por eso es recomendable trabajar con distintos pasados específicos. El pasado no es un bloque, hay cosas que se mantienen y cosas que cambiaron.

E. Así como hoy es diversa. Fue siempre diversa…

PP: Las abuelas y los abuelos de las chicas y los chicos fueron a una escuela; en la época de los próceres los chicos fueron a otra. Cosas en común hay y cosas distintas también. Por ejemplo, los padres seguramente fueron a escuelas mixtas y es probable que los abuelos –y más seguramente los bisabuelos– hayan ido a escuelas de varones o de mujeres por separado.

E: Sabemos que la Ley de Educación Común 1420 es un hecho fundamental, fundacional. Todas y todos sabemos que es importante y la vinculamos con la figura de Sarmiento. ¿Por qué es tan importante? ¿Cómo era la educación antes de la ley 1420 y qué fue lo que cambió con la ley?

PP: Cambiaron muchas cosas. Pero es interesante señalar que en la actualidad hay investigaciones que plantean que lo que hace la Ley 1420 es transformar en ley cosas que ya estaban pasando en las escuelas. Igualmente, la sanción de la Ley es algo central y maravilloso. La rápida aceptación se explica en parte porque tomaba cosas que ya estaban en las escuelas y que habían producido los propios maestros. Por ejemplo, lo de ampliar el curriculum. Ya la idea de que a la escuela no se iba solo a leer, escribir y contar la habían instalado los maestros. La matemática, por ejemplo, se había ampliado a la geometría, empezaban a aparecer la historia o la geografía. Por eso cuando la ley propone un curriculum mucho más amplio, ya estaba pasando algo de eso en las escuelas. Lo que prescribe la ley no es totalmente nuevo. Lo mismo pasaba en algunas escuelas con el castigo corporal porque en muchos casos ya no se usaba.

Otra cosa que comienza antes de la Ley 1420 es la formación específica para los maestros. Cuando la ley dice que para trabajar de maestro hay que tener un título específico eso es posible porque ya existían los maestros y sobre todo maestras (hago hincapié en “maestras”). 

La Ley 1420 le da estatus de ley a cosas que los maestros ya habían cambiado. Juana Manso había muerto en 1875 pero hacía mucho tiempo que venía bregando por el recreo. Cuando la ley, en el artículo 14 de la primera parte, establece el recreo refiere a algo que las escuelas ya tenían.

Algo importante también es que la Ley 1420 no tiene vigencia en todo el país sino solo en las escuelas nacionales que eran las que estaban en la Capital Federal y en los territorios nacionales. Por la constitución de 1853 las escuelas primarias dependían de las provincias. Sin embargo, tuvo alcance nacional porque las provincias empezaron a adaptarse a la ley. En los papeles no era para todo el país, pero en la práctica sí, porque las provincias “copian” la Ley 1420. 

E: Hay una relación que no es muy clara entre la Gran Inmigración, la enseñanza patriótica y la Ley 1420, que me gustaría que comentaras.

PP: Hay muchos mitos sobre la 1420. Uno es que era laica: la Ley 1420 no es laica, esa palabra no aparece en la ley. Yo diría que es tolerante, porque permite la enseñanza de la religión en la escuela pública, aunque fija claramente algunas condiciones: no es obligatoria, debe darse fuera del horario escolar. Además, no se puede usar ese espacio para conseguir nuevos fieles, para evangelizar, porque los padres tienen que decir si quieren que sus hijos aprendan religión. Por otro lado, solo pueden enseñar religión los ministros del culto, no pueden hacerlo los maestros. Por eso digo que la ley es tolerante. De todas las iglesias existentes la única que utilizó ese espacio fue la católica. En algunas escuelas públicas, por la tarde, iba el cura y enseñaba catequesis a los chicos. 

Por otra parte, en el texto de la ley no aparece la palabra “patria”. La escuela no nace como el templo de la patria sino como el templo de la nación. La ley habla de “nación”, historia nacional, lengua nacional, geografía nacional. La ley habla en clave ilustrada, según la cual la nación es un acuerdo entre partes que racionalmente deciden firmar un contrato social y se conforma así un colectivo. Esto cambia en torno del Centenario de la Revolución de Mayo, con José María Ramos Mejía al frente del Consejo Nacional de Educación. En ese momento toma fuerza la idea de la escuela al servicio del sentimiento patriótico, de la patria asociada a lo emotivo, al estilo alemán, a un concepto más romántico. Son ideas que cobran fuerza cuando se pasa de hablar de inmigrantes a decir extranjeros: el inmigrante era una categoría positiva mientras que extranjero tenía notas negativas, de cierta peligrosidad.

La ley habla de lengua nacional, no aparecen los símbolos patrios ni las ceremonias asociadas. Aunque esas cuestiones se discutían en la década del 80 y del 90, solo se incorporan formalmente a la escuela aproximadamente en 1910. Otro contenido que no está en la ley es la enseñanza de un idioma extranjero.

E: ¿A quién obliga la obligatoriedad que establece la Ley 1420?

PP: En el origen la obligatoriedad recae sobre los padres, tutores o encargados. Pero también dice la ley que la obligatoriedad presupone la existencia de una escuela pública, gratuita que esté al alcance de todos. Para el liberalismo del siglo XIX la relación entre sujeto y sociedad es de deberes y derechos. Toda persona tiene derecho a educarse, por ende, existe la obligatoriedad de la sociedad de atenderlo y el único agente capaz de hacerlo es el Estado. A su vez, la sociedad tiene el derecho a exigirle al sujeto que se eduque para formar parte de ella.

E: ¿Y cómo era la educación de las mujeres y de los varones? 

PP: En la Ley 1420 hay muy pocas diferencias; propone que todos van a la escuela para aprender lo mismo y las diferencias por género están en algunos contenidos que se agregan. Por ejemplo, los varones tienen que hacer ejercicios militares sencillos y las mujeres “labores propias del sexo”. Además, establece que, en la medida de lo posible, las escuelas sean mixtas. Chicas y chicos no solo van a aprender lo mismo, sino que lo van a aprender juntos. Pero con límites: solo hasta los 10 años de edad. Era común construir en la misma manzana dos escuelas, una para niñas y otra para niños, porque a partir de los 10 años iban a escuelas separadas. Lo que sí se permite, según la Ley 1420, es el vínculo entre alumnos varones y maestras mujeres, pero no el de maestros varones y alumnas mujeres. Los maestros varones solo podían trabajar en escuelas de varones. Eso va a potenciar la feminización de la profesión porque hay muchos más puestos de trabajo para mujeres que para varones. Esto tiene que ver con ideas sobre la infancia que eran propias de la época. Por ejemplo, se pensaba que hasta los 10 años no había una diferenciación, niñas y niños eran neutros –en inglés “niño” es un sustantivo neutro: baby es “it”–. Además, se asociaba al maestro varón una idea de peligrosidad ligada a lo que llamaban el “vigor masculino”, entendido como una tendencia incontenible que está en la naturaleza de los hombres.

La Ley 1420 (1884) y la Ley Nacional de Educación (2006)

E: ¿Y si comparamos con la actualidad?

PP: En el origen, antes de la Ley 1420, el derecho a educarse se entendía como permiso. La Constitución Nacional de 1853 habla de “libertad de enseñar y aprender”. La Ley 1420, en cambio, obliga a todos a estudiar y dice que el Estado tiene que generar las condiciones para que todos puedan estudiar. No es solo un derecho individual, un permiso, la libertad de enseñar y aprender. Se avanza en la idea de derecho social. Durante todo el siglo XX se puede ver cómo se garantiza ese derecho social, cómo se crean desde el Estado las condiciones para que todos puedan cumplir con este derecho.

La 1420 estipula la obligatoriedad limitada de 8 a 14 años. Si a los 14 no terminaste la primaria, la obligatoriedad no existe más. Después habrá personas que vayan a escuelas de adultos, muchos varones aprenderán en el servicio militar lo que no aprendieron en la escuela, pero ya no es obligatorio. Hubo proyectos para imponer la educación obligatoria a los adultos, como la propuesta de que no se podía terminar el servicio militar obligatorio si no se estaba alfabetizado, o la que postulaba que no se ponía en libertad a un preso si no estaba alfabetizado.

La Ley Nacional de Educación del año 2006 establece que la obligatoriedad no es por edad, sino por nivel. Dice que todo el mundo tiene que terminar el nivel secundario, no importa la edad. La responsabilidad no recae sobre el sujeto sino en el Estado. No importa la edad que tengas ni el motivo por el que no terminaste la secundaria: el Estado tiene que generar las condiciones para que puedas hacerlo. Por eso, por ejemplo, se creó el plan FINES (Finalización de Estudios Secundarios). 

La Ley 1420 establecía que la escuela debía atender a cuestiones de salubridad, el cuidado de la salud estaba muy presente. El Cuerpo Médico Escolar se crea en 1886 después de la epidemia de cólera. La libreta de vacunación existe hace muchísimos años. Otro cambio es que hoy se vacuna en los hospitales y no en las escuelas. Pero en las escuelas se controla que las chicas y los chicos estén vacunados. 

E: ¡Muchísimas gracias!

Para comentar con las chicas y los chicos

La entrevista está íntegramente destinada a las y los docentes. De todas maneras, hay algunas cuestiones que puede ser interesante comentar con las y los estudiantes: la tendencia a la ampliación del derecho a estudiar y los cambios en la formación de las y los docentes. 

Para eso, la o el docente puede compartir algunas de las siguientes ideas.

  • Hace algo más de 200 años, en distintos lugares, comenzaron a multiplicarse las escuelas con el ideal de que fueran para todos. Es decir, escuelas que no le cerraban las puertas a ningún grupo por su género, religión, color de piel o condición social. Será importante aclarar que esto no significó que la totalidad de las niñas y los niños fueran efectivamente a las escuelas. Una proporción muy alta de niñas y niños de familias pobres no accedían a la educación y trabajaban junto con las personas adultas. 
  • Con la sanción de la Ley 1420 o Ley de Educación Común en 1884, en Argentina se estableció la obligatoriedad y posibilitó que niñas y niños de todas las clases sociales comenzaran a ir a la escuela a aprender a leer, a escribir, a hacer cálculos, a estudiar la historia y la geografía de la Argentina. A partir de entonces, los gobiernos tuvieron y siguen teniendo que construir escuelas en todo el territorio, formar maestros, y muchas cosas más para poder garantizar que todas las chicas y todos los chicos estudiaran. 
  • Así como cambiaron las alumnas y los alumnos, también cambiaron las personas encargadas de enseñar porque antes de la ley no era necesario poseer un título para poder enseñar, en cambio la ley estableció que había que ser maestro para poder enseñar.

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