Una fecha para conmemorar y recordar a las víctimas de desapariciones forzadas
Propuesta para abordar el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas en las aulas bonaerenses.
Creado: 11 agosto, 2026 | Actualizado: 18 de agosto, 2026
Autoría:
En diciembre de 2010 la Asamblea General de las Naciones Unidas estableció el 30 de agosto como el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, con el propósito de visibilizar la preocupación por el aumento de estos crímenes de lesa humanidad en diversas partes del mundo. Este tipo de delitos, muy presente en la historia reciente y en la memoria de la Argentina y de América Latina, convoca a promover una reflexión colectiva acerca de lo ocurrido tanto en el pasado como en el presente.
Dada la importancia histórica y pedagógica de recordar y recuperar la memoria de las víctimas, se incorporó esta efeméride al calendario escolar con el propósito de fortalecer la conciencia sobre este delito, reconocido como crimen de lesa humanidad por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de los Estados Americanos (OEA). Asimismo, se busca promover el recuerdo de las víctimas, asumiendo un compromiso en la construcción de ciudadanías democráticas en todas las escuelas bonaerenses.
Contexto, memoria y reconstrucción
La Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, aprobada en 1992, estableció que sucede una desaparición forzada toda vez que:
[...] se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas, o que estas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así a la protección de la ley. (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1992)
Esta definición da cuenta de un determinado tipo de delito que involucra violencia física sobre las personas y responsabilidad gubernamental sobre la misma.
Asimismo, en el plano regional, en 1994 se aprobó la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, con el objetivo de contribuir a prevenir, sancionar y suprimir la desaparición forzada de personas en la región, observando la necesidad de proteger y garantizar los derechos humanos y el pleno estado de derecho.
Por su parte, en el año 2006 también se aprobó la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, la cual detalla que:
[...] se entenderá por "desaparición forzada" el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley. (Organización de las Naciones Unidas, 2006)
De esta manera, la desaparición forzada de personas se constituye en un delito de lesa humanidad que utiliza el terror como forma de disciplinamiento social, atentando así contra los derechos humanos.
En Argentina, este delito imprescriptible se encuentra asociado a la experiencia de la última dictadura militar (1976-1983), durante la cual se implementó un plan sistemático de desaparición de personas, mediante secuestros ilegales en centros clandestinos de detención, en el marco del terrorismo de Estado. Esto dejó como saldo decenas de miles de personas desaparecidas, la mayoría de las cuales permanecen aún hoy en esa condición. Algunas pudieron recuperar su libertad, convirtiéndose en sobrevivientes del terrorismo de Estado y otras fueron enterradas por sus deudos luego de la recuperación de sus restos.
El libro Palabras clave para una pedagogía de la memoria es una publicación que invita a pensar la experiencia de la última dictadura militar en Argentina tomando al lenguaje como punto de partida. En la entrada “Desaparecidos” se expresa:
[...] los organismos de derechos humanos incorporaron el término desde los primeros años de la dictadura como parte del sintagma “detenido-desaparecido”. Apenas cumplido un año del golpe, en la Carta Abierta a la Junta Militar, Rodolfo Walsh denunciaba: “Quince mil desaparecidos, diez mil presos, cuatro mil muertos, decenas de miles de desterrados son la cifra desnuda de ese terror”. Con todo, a partir de 1979, cuando el dictador Jorge Rafael Videla pronunció el término en el marco de una entrevista periodística, pasó de ser una noción general sobre una persona extraviada a transformarse en un concepto fundamental para entender el terrorismo de Estado. El uso que Videla le dio al término lo confirmó en su atemorizante funcionalidad. En aquella entrevista señaló: “Frente al desaparecido, en tanto este como tal es una incógnita, mientras sea desaparecido no puede tener tratamiento especial porque no tiene entidad. No está muerto ni vivo... desaparecido". (DGCyE, 2025, p. 66)

Familiares de desaparecidas y desaparecidos, como las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, fueron quienes motorizaron el reclamo de "Aparición con vida" en Argentina. En la imagen, aún durante la dictadura, se aprecia que no dejaron de movilizarse ni durante las peores inclemencias climáticas. Fuente: Fotografía de la colección Aída Sarti, en Memoria Abierta.
Estos mecanismos represivos desplegados por gobiernos dictatoriales se extendieron no solo en Argentina, sino que abarcó a la mayoría de los países de la región. De hecho, el primer proyecto para declarar esta conmemoración fue presentado en 1981 por la Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos Desaparecidos (FEDEFAM), lo que da una muestra del carácter regional de la represión estatal y del activismo que la enfrentó.
Es importante señalar que las desapariciones forzadas no se limitan a los regímenes dictatoriales: se han registrado casos en los que se despliegan prácticas de disciplinamiento y persecución sociales bajo regímenes democráticos que pueden llegar a perpetrarlas.
El rol de la escuela en la transmisión de la memoria
El vacío que produce una desaparición forzada y la falta de respuesta estatal sobre el destino de los cuerpos dañan principalmente a familiares y personas allegadas, pero también dejan huellas en la sociedad en su conjunto. Recuperar la memoria de las personas desaparecidas es también un intento de reconstrucción del tejido social destruido por esas desapariciones, y una oportunidad en las escuelas para construir y desarrollar la memoria colectiva.
Como se mencionó, la voluntad de recordar a las personas desaparecidas también tiene un propósito pedagógico. La escuela es una institución de formación de ciudadanías y, como tal, debe garantizar el acceso a conocer críticamente la historia reciente, tanto de forma general como para recordar las huellas del horror de cada caso particular.
Si bien en Argentina el proceso de justicia por crímenes de lesa humanidad fue profundo y ejemplar, la reparación involucra otros ámbitos y dimensiones y no ha concluido. En las escuelas bonaerenses el ejercicio pedagógico de traer al presente la memoria de las víctimas de desapariciones forzadas de la última dictadura militar se lleva adelante, desde hace tiempo, desplegando diversas acciones. Una de ellas es la imposición de nombres, iniciativa impulsada por la comunidad educativa que consiste en recuperar las historias de personas desaparecidas y poner sus nombres en las escuelas u otras instalaciones que habitaron. Además de recuperar su memoria, estas intervenciones son un aporte para reparar la historia de la comunidad y contribuyen a la reconstrucción de su identidad.
Otra iniciativa importante es la rectificación de los legajos de trabajadoras y trabajadores de la educación, docentes, estudiantes y auxiliares que desarrollaban actividades en instituciones educativas al momento de su secuestro o desaparición forzada, con el fin de reconstruir sus trayectorias y enmendar la documentación administrativa con las verdaderas causas de sus ausencias.
Como se ha señalado, se trata de hacer presente la memoria revelando las heridas provocadas no solo en las familias directamente afectadas, sino en toda la comunidad. Son espacios de vitalidad que se proponen hacer presentes las ausencias y reparar el lazo social roto por el accionar del terrorismo de Estado.
La desaparición forzada de personas está tipificada en nuestro continente desde 1994 en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. Asimismo, en Argentina, las posteriores convenciones internacionales tienen rango constitucional, por lo que su abordaje resulta prioritario para el estado de derecho y la garantía de los derechos humanos fundamentales.
En este sentido, si bien la desaparición de personas se asocia principalmente a la última dictadura militar, es un delito que continuó perpetrándose en democracia, aunque ya no de manera sistemática.
Se convoca a reflexionar acerca del impacto social de las desapariciones forzadas, las marcas colectivas que dejan y a realizar un análisis en tiempo presente de los desafíos propios de la vida democrática y la búsqueda de verdad y justicia.
Propuestas por nivel
Nivel Secundario Investigar, comprender y construir memoria en la escuela
Nivel Superior Enseñar el pasado reciente, formar para la democracia